Preguntas Frecuentes

¿Cuales son los criterios para otorgar o no suspensión por salud mental?

Cuando es PRIMERA SUSPENSIÓN POR SALUD MENTAL y el alumno trae el INFORME DE TRATANTE EXTERNO, la suspensión del semestre se aprobará en caso de que el diagnóstico sea claro, se encuentre en tratamiento regular, existe una grave alteración de la funcionalidad, sea una urgencia o esté hospitalizado. Diagnósticos posibles en esta categoría:

- Depresión moderada a severa.

- Trastorno Bipolar descompensado.

- Psicosis.

- Trastornos Obsesivo Compulsivo descompensado.

- Trastorno Ansioso de difícil manejo.

- Trastorno Disociativo y Conversivo.

- Dependencia a sustancias en tratamiento reciente o refractario.

- Descontrol de Impulsos en tratamiento reciente o refractario.

- Trastorno de Personalidad grave descompensado.

- Otros, que implican demora en la recuperación y falta de funcionamiento habitual.

 Si el informe es contradictorio, poco claro o insuficiente. El tratamiento que describe es irregular o desactualizado. O en el caso de que el alumno no tenga antecedentes externos ni en UAP, será evaluado por Psiquiatra y/o Psicólogo, y se considerarán los criterios anteriores para aceptar, rechazar o modificar la medida solicitada por el alumno.

Las solicitudes se rechazan cuando los diagnósticos son limitados en su evolución, los alumnos se encuentran en tratamiento regular, sin alteración de la funcionalidad y no se tratan de urgencias u hospitalizaciones. Diagnósiticos posibles en esta categoría:

- Depresión leve.

- Trastornos adaptativos.

- Trastornos ansiosos de manejo breve.

- Trastornos de personalidad no graves.

- Distimia.

- Otros cuadros psiquiátricos remitido o con respuesta favorable temprana.

Cuando es la SEGUNDA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN POR SALUD MENTAL O MÁS y se encuentre con tratamiento externo.

Se dará suspensión cuando el caso sea grave, que no ha mejorado y aparece bien fundamentado. Cuando la primera solicitud fue más de un año antes y se presentan nuevos antecedentes que ameriten suspesnión (criterios mencionados en la primera solicitud). O nuevos antecedentes que dan cuando de imposiblidad de funcionamiento académico, donde se pensaría incluso en una suspensión indefinida.

Si los antecedentes del informe externo, no nos suficientes o no existe un tratamiento en UAP o externo, se realiza una evaluación para ver si el alumno mantiende la falta de funcionalidad y continúa la gravedad del cuadro. De ser así, se aprobará la suspensión o se modificará la medida a otorgar.

 

 

 

 

Unidad de Salud Mental